Se desarrolla según las condiciones establecidas por el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en la que se establece que la vigilancia de la salud estará sometida a protocolos específicos u otros medios existentes con respecto a los factores de riesgo a los que esté expuesto el trabajador.
De esta manera, el servicio de referencia se prestará en cuatro grandes áreas:
• Planificación de la Vigilancia de la Salud.
• Realización de los exámenes de salud – Reconocimientos médicos generales.
• Conclusiones de los exámenes de salud.
• Estudios epidemiológicos y de detección de situaciones potencialmente peligrosas.
1.- Planificación de la Vigilancia de la Salud.
Obtenida y valorada la información requerida a la empresa y teniendo en cuenta la evaluación de riegos realizada, la UBS aplicará los protocolos médicos pertinentes dando lugar a un informe de planificación que determinará el tipo y frecuencia de los exámenes de salud que correspondan, las vacunaciones que se tengan que administrar si fueran necesarias, documentación básica en primeros auxilios y la necesidad de realizar formación en primeros auxilios.
2.- Realización de los exámenes de salud.
Estos exámenes pueden incluir:
• Los reconocimientos médicos previos preceptivos antes de la incorporación de un trabajador a un puesto de trabajo, sobre todo si en dicho puesto existe riesgo de enfermedad profesional.
• Los reconocimientos médicos periódicos.
• Los reconocimientos médicos preceptivos por cambio de puesto de trabajo.
• Los reconocimientos médicos tras periodos de inactividad prolongados.
• Los reconocimientos médicos a los trabajadores especialmente sensibles.
• Los reconocimientos médicos a los trabajadores cuando así lo indique alguna reglamentación específica.
• Las vacunaciones que estime conveniente la UBS (Unidad Básica de Salud)
3.-Conclusiones de los exámenes de salud.
Informes sobre las conclusiones de los exámenes de salud cumpliendo la normativa legal relativa a la confidencialidad de datos.
4.- Estudios epidemiológicos y de detección de situaciones potencialmente peligrosas para la salud.
• Memoria anual.
En cumplimiento de los requisitos legales se elaborará un informe anual que tiene por objeto recoger a modo de resumen toda la actividad realizada en materia de vigilancia de salud.